domingo, 3 de febrero de 2013


Algunas propuestas en relación a la mejora en la prestación de Renta Mínima de Inserción:


Medida 1: llevar a cabo una redefinición de la RMI para adecuar el programa a las necesidades del contexto socio-económico actual teniendo en cuenta los perfiles actuales de las personas que reciben la prestación: a) casos sociales; b) casos laborales y c) casos crónicos.

 - Homogeneizar las cuantías de RMI en todas las Comunidades Autónomas.
 - Agilizar el proceso de concesión.

 -Firmar convenios entre las Comunidades Autónomas para que los/as perceptores/as de RMI    puedan seguir cobrando la ayuda si se trasladan de Comunidad Autónoma.

 - Adecuar los planes de trabajo individuales a los perfiles anteriores.
 - Establecer una coordinación entre los Servicios Sociales de Atención Social Primaria y  las Oficinas de Empleo a fin de abordar de manera conjunta los casos comunes.

 - Garantizar la RMI a todas las personas en situación de pobreza y/o exclusión.
 - Agilizar la transición de la RMI a la Pensión No Contributiva.

Medida 2: priorizar la derivación de las personas beneficiarias de RMI con problemáticas laborales a políticas activas de ocupación.

 -Diseñar medidas de formación adaptadas a las nuevas demandas del mercado y un acceso real a la misma para las personas perceptoras de RMI.

 - Permitir la simultaneidad de trabajo a tiempo parcial y la percepción de la prestación.

 - Posibilitar la simultaneidad de trabajo y formación.

 -Aumentar el máximo a percibir por RMI adoptando como referencia el Salario Mínimo Interprofesional para 2013 (645,30) y no el IPREM para 2013  (532, 51).


Medida 3: establecer un proceso de investigación serio y riguroso en torno al verdadero perfil del perceptor/a de RMI.
 -Realizar un estudio pormenorizado de las unidades familiares perceptoras de RMI en la   Comunidad de Madrid que permita un acceso real a las características socio-económicas, laborales, educativas, etc de los/las perceptoras; evitando así la posibilidad de estigmatizar al conjunto de la población perceptora.

 -Crear un observatorio destinado a reflejar la evolución en el perfil de los/las perceptoras que pueda ser utilizado para llevar a cabo posteriores medidas orientadas a la ocupación laboral

Medida 4: establecer procesos participativos de los/las perceptoras de RMI desde los Servicios Sociales de Atención Social Primaria.
- Crear espacios de reflexión-acción cuyos sujetos sean los/las perceptoras de RMI.

- Informar y formar a los/las perceptores/as de RMI en torno al origen de las rentas
mínimas como medida de garantía de ingresos y su evolución en nuestro paí.

- Informar y formar a los/las perceptores/as de RMI sobre las últimas modificaciones realizadas por la Ley 8/2012, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.

- Crear plataformas de perceptores/as de RMI que garanticen un adecuado seguimiento de la puesta en marcha de dichas modificaciones, aseguren sus garantías jurídicas, se establezcan como interlocutores válidos de cara a la redacción del reglamento y ayudar a difundir la existencia de la prestación para evitar el fenómeno de non take up o falta de participación por el efecto estigmatizador asociado a la prestación, su desconocimiento o
los costes de transacción asociados a la prestación.


Medida 5: abrir un debate social serio que piense la Renta Básica como medio de inserción social en una sociedad post-laboral y post-salarial.

       Garantizar un ingreso incondicionado y universal pagado a todos los miembros de la sociedad. Nadie está libre de dejar de pertenecer al mercado de trabajo, todos los ciudadanos podemos ser víctimas del desempleo y de la exclusión social; y no merece la pena hacer una institución selectiva porque haya un grupo de personas muy reducido que no están en situación de peligro; su posición de ventaja podría compensarse con otro tipo de políticas fiscales. Y si en la época del desarrollo del Estado de bienestar, la inserción se dejó en manos del mercado, se hizo no dejando un mercado libre, sino regulando el mercado y ofreciendo ayuda a aquellos que por diversos motivos se vieran excluidos de él. En las últimas décadas, ha habido un retroceso de la regulación del mercado. Ese mercado que pide auxilio a los Estados cuando los beneficios se reducen también no para de exigirle que se retire de la satisfacción de la inserción social, esto es, que siga desregulando el empleo, abaratando el despido, haciendo flexible la jornada, recortando los derechos de los trabajadores…Si el Estado, como parece que está haciendo, asume esta tesis neoliberal, estará dejando sin satisfacer una de las principales necesidades fundamentales que tenemos los seres humanos y estará entonces dinamitando el corazón de los derechos sociales. La renta básica es una forma de evitar que esto ocurra, porque da un reconocimiento de partida al margen del mercado; enlaza así con la filosofía de los derechos sociales: supone detraer del mercado la satisfacción de la necesidad de inserción social.

5 comentarios:

  1. Muy buenas propuestas. Sólo dos matices: quizá sería conveniente informar de los cambios de la Ley, pero con cuidado porque el nuevo reglamento, esperemos, saldrá a lo largo del año (quizá antes del verano), y han circulado informaciones un poco alarmantes que dependen del nuevo reglamento que salga.
    En lo de la comisión del Reglamento, informaros de que se ha formado una comisión en la que participan el Colegio de TS, técnicos del Ayto Madrid, Alcalá , Getafe y Mancomunidad Suroeste, con EAPN-Madrid también, aparte de la nueva Consejería. Creo que es un buen paso, sinceramente (yo pertenezco a él). El tema caliente es, una vez realizado el borrador, qué partes "caerán" cuando pase al ejecutivo.

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  2. Y por añadir al debate... y ya que lo decís... sobre las cuantías de RMI, siempre se generan comentarios en torno a si es positivo o no equipararlas con el SMI. Creo que uno de los problemas es el infimo SMI que tenemos en España, y claro, hace de techo de cualquier prestación (por eso, después, crearon el IPREM, para evitar compararlo con el SMI), y eso afecta a que las cuantías de RMI sean tan reducidas.
    ¿qué opináis?

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    1. La Ley de Renta Mínima de Inserción establecía como límite para cobrar, el salario mínimo. Cuando el estado reguló el IPREM para desafectar el salario mínimo de cara a que este tuviera una posibilidad de crecimiento más rápido para parecerse un poco más a los salarios mínimos europeos y no aplicarlo para cálculos de otras prestaciones, se inventó esta nueva fórmula del IPREM y lo reguló de una manera que facilitó a las Comunidades Autónomas la adaptación del IPREM. En concreto la Comunidad de Madrid, para todas las cosas que se estaba utilizando el salario mínimo, se adoptó el IPREM. En la actualidad es el IPREM el indicador de referencia utilizado por prácticamente la totalidad de administraciones públicas para el cálculo de sus prestaciones económicas. Este indicador se creó a través del Real Decreto-Ley 3/2004, de 25 de junio. La cuantía del IPREM se aprueba anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, teniendo en cuenta al menos la previsión u objetivo de inflación y previa consulta a las organizaciones empresariales y sindicales más representativas. Creo Nacho que, detrás de no querer tomar como referencia el SMI están los planteamientos de aquellos neoliberales que presentizan sus miedos a la cronificación y la desincentivación que pueda tener el recurso. Pero decidme los que trabajái a pie de obra en los Servicios Sociales de Atención Social Primaria, ¿cuántas familias conocéis que si tuvieran un trabajo y un salario digno seguirían haciendo uso de la prestación? El trabajo con personas excluidas ha contribuido a reconocer la importancia de la garantía de ingresos en el mantenimiento y mejora de las condiciones de vida de dicha población. La garantía de ingresos no sólo permite frenar procesos de deterioro sino también mejorar la capacidad de inserción de las personas que perciben la ayuda. Unos ingresos mínimos estables facilitan la mejora en las condiciones de acceso a la vivienda, de salud o el empleo y por supuesto la cobertura de necesidades básicas. En segundo lugar, si entendemos la inserción como un proceso de adquisición de capacidades para mejorar la autonomía y la dependencia, no conviene reducir dicho proceso únicamente a la realización de una actividad laboral o formativa. La inserción es un proceso de apoyo social continuado que debiera conllevar una sinergia de recursos que incluyen además de la realización de actividades, la adquisición de habilidades, la solución de problemáticas sociales, el acceso a los sistemas de protección y otros. Es preciso tener en cuenta que este reduccionismo de la inserción limitándolo al desarrollo de actividades productivas surgió con el objetivo de legitimar las prestaciones de mínimos frente a la opinión pública y así disipar los miedos precedentes acerca de los efectos de cronificación y desincentivación del recurso.

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    2. HAY UNA COSA QUE A MI ME PARECE MUY IMPORTANTE Y TIENE QUE VER CON EL LENGUAJE, QUE NO ES NINGUNA BOBADA, SINO QUE CONFIGURA NUESTRA REALIDAD SIMBOLICA.
      ACEPTAMOS COMO NATURAL EL TERMINO "INCLUSION SOCIAL" E "INSERCION" (¿ALGUIEN SE HA PLANTEADO QUE SE CAMBIE EL TERMINO RENTA MINIMA DE INSERCION POR GARANTIA DE INGRESOS MINIMOS?), ASUMIENDO ASI EL ORDEN SOCIAL CAPITALISTA COMO EL UNICO VALIDO:NO TRABAJAS, NO PRODUCES, NO CONSUMES, NO ERES UNA PERSONA COMO SE DEBE SER EN ESTA SOCIEDAD.
      ¿NO DEBERIAMOS TENDER A QUE FUERA DEL ORDEN SOCIAL ESTUVIERAN LOS AGENTES QUE CREAN POBREZA E INJUSTICIA Y NO QUE CONSIDEREMOS ASI, CREANDO UN DOBLE PROCESO DE "EXCLUSION" Y DE VICTIMIZACION, A LOS SUJERTOS DE LA MISMA?
      Y PARA EMPEZAR ¿PORQUE NO PROPONEMOS ALGO TAN SIMPLE Y A LA VEZ TAN COMPLICADO (POR ALGO SERA) COMO CAMBIAR LA TERMINOLOGIA RENTA MINIMA DE INSERCION POR GARANTIA DE INGRESOS MINIMOS?

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    3. Siguiendo con la linea de Maribel, me parece importante el que como colectivo apostemos y apoyemos la Renta Básica de Ciudadanía.
      No es tan difícil de lograr. Pensemos que tod@os l@os que realizamos la declaración de la renta cada año tenemos derecho a una deducción por el mero de hecho de presentarla. Esto también es discrimantorio hacia las personas que no realizan la decalración, la mayoría por no llegar a los mínimos de ingresos establecidos.

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